Vender una vivienda heredada: pasos, impuestos y cómo ponerse de acuerdo entre herederos
· Por Redacción IBEMAR HOME

Heredar una vivienda suele llegar en un momento delicado, y a la parte emocional se suma un buen puñado de trámites. Muchas familias deciden vender: para repartir, porque nadie va a vivir en ella o porque mantenerla cuesta dinero.
Te explicamos el proceso completo, los impuestos y qué hacer cuando los herederos no están de acuerdo.

Antes de vender: aceptar la herencia
No se puede vender una vivienda heredada sin haberla aceptado y tenerla a nombre de los herederos. Los pasos básicos son:
- Obtener el certificado de defunción y el de últimas voluntades, para saber si hay testamento y ante qué notario.
- Si no hay testamento, tramitar la declaración de herederos.
- Firmar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario.
- Pagar los impuestos (sucesiones y plusvalía municipal) e inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.
Impuesto de sucesiones en la Comunitat Valenciana
Buenas noticias para la mayoría: hijos, cónyuge, padres, nietos y abuelos (grupos I y II) no tributan por los primeros 100.000 € que hereda cada uno y, por la parte restante, tienen una bonificación del 99 % en la cuota, así que en la práctica pagan muy poco (Guía Fiscal). Además, desde junio de 2026 hermanos, tíos y sobrinos (grupo III) tienen una bonificación del 25 %, que subirá al 50 % en 2027 (Ruiz Monrabal).
El plazo para presentarlo (modelo 650) es de seis meses desde el fallecimiento.
Plusvalía municipal por herencia
Al heredar también se paga la plusvalía municipal, en este caso los herederos. El plazo es de seis meses, prorrogable hasta un año si lo pides a tiempo (Ley de Haciendas Locales). Si el suelo no ha ganado valor desde que lo compró el fallecido, no se paga.
Impuestos al vender
Cuando por fin vendáis, cada heredero tributa en el IRPF por su parte de la ganancia. La clave: el valor de compra es el valor que se declaró en la herencia, más los gastos e impuestos de la herencia. Si se declaró un valor bajo para pagar menos en sucesiones, la ganancia al vender será mayor. Además, habrá que volver a pagar la plusvalía municipal por la venta.
Si vendéis poco después de heredar, la ganancia suele ser pequeña, porque el valor de la herencia y el de venta están cerca.
¿Y si los herederos no se ponen de acuerdo?
Es más habitual de lo que parece. Para vender la vivienda completa hace falta que firmen todos los propietarios. Si no hay acuerdo, hay varias salidas:
- Que uno compre su parte a los demás, tomando como referencia una valoración profesional.
- Vender solo tu parte: es legal, pero hay pocos compradores para un porcentaje de una vivienda y el precio suele ser bajo.
- Acción de división de la cosa común: ningún copropietario está obligado a seguir en la copropiedad (Código Civil, art. 400). Si no hay acuerdo, un juez puede ordenar la venta, normalmente en subasta y por un precio menor. Es el último recurso.
Nuestro consejo: una valoración independiente suele ser el mejor punto de partida para que todos negocien sobre un precio objetivo.
Si has heredado una vivienda en Alicante, en IBEMAR HOME te ayudamos a valorarla y venderla, coordinándonos con notaría y asesores. Pide tu valoración gratuita.
